Martes, agosto 27, 2024

Cumplimiento Tributario: Comisión de Hacienda avanza y aprueba por unanimidad otro paquete de indicaciones

  • Senadores aprobaron modificaciones al artículo 97 del Código Tributario y continuarán este miércoles revisando los cambios a la autodenuncia.

Por unanimidad, la Comisión de Hacienda del Senado aprobó un nuevo paquete de indicaciones al proyecto de Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, relacionadas a tipificación de delitos tributarios, modificación de penas y sanciones por infracciones a la normativa vigente.

Respecto de la tipificación de delitos, la Comisión acordó modificar el numeral 4 del artículo 97 del Código Tributario, realizando una precisión sobre que la multa asociada al delito se aplique sobre el “tributo defraudado” y no sobre el tributo eludido, avanzando en coherencia normativa y utilizando un concepto que tiene respaldo en la jurisprudencia.

Además, en el mismo numeral se amplió el tipo penal respecto de quienes confeccionen, vendan o faciliten documentos tributarios falsos, distinguiendo si la operación se realiza para permitir la comisión de delitos tributarios o con otros fines. En el primer caso la sanción aumenta a una pena de presidio menor en su grado máximo y una multa de 100 Unidades Tributarias Anuales (UTA), y en el segundo a presidio menor en su grado medio con una multa de 40 UTA.

También en el artículo 97 del Código Tributario, numeral 10, se aprobó una modificación que equipara la sanción de clausura a los establecimientos que realicen sus actividades por internet o a través de una plataforma digital. En estos casos quienes no envíen la información electrónica al Servicio de Impuestos Internos (SII) o no otorguen documentos tributarios serán sancionados con la clausura de las oficinas físicas, o la suspensión del sitio en internet o en una plataforma virtual si ahí estuviese. De esta forma se precisa que no se suspende a toda la plataforma por la infracción de uno de sus usuarios.

Al respecto, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, explicó que “estas son plataformas a través de las cuales se hacen pagos y para hacerlos hay que usar medios de pago que operan digitalmente, que son básicamente tarjetas o transferencias. Entonces, en la medida que uno puede bloquear esos medios de pago, es mucho más viable inutilizar una plataforma para ese propósito o seguirla investigando, porque los medios de pago van a seguir registrando que se hicieron pagos a través de tal o cual plataforma”.

En cuanto a la indicación relacionada con autodenuncia, la Comisión acordó continuar con su tratamiento en la sesión de este miércoles y continuar el análisis de las indicaciones que el Ejecutivo presentara durante esta tarde.

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