Martes, mayo 4, 2021

Proyecto que aumenta sanciones al delito de contrabando se despacha del Congreso y queda listo para ser ley

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó hoy por amplia mayoría el proyecto de ley que modifica la Ordenanza de Aduanas en materia de sanciones al delito de contrabando. La iniciativa queda entonces lista para ser promulgada como Ley de la República y contempla un aumento en las penas para el contrabando, es decir, la introducción de mercancías en territorio nacional sin pagar los derechos de aduana a los cuales están sometidos legalmente.

El proyecto ingresó al Congreso como una moción de la diputada Paulina Núñez (RN) y el diputado Ramón Galleguillos (RN), que fue patrocinada por el Ejecutivo durante al año pasado, a través de una indicación sustitutiva.  

La iniciativa modifica la Ordenanza de Aduanas en materia de sanciones al contrabando de mercancías como el tabaco y las armas. Ello se hace a través de un aumento en las penas al delito contrabando -que podrán llegar incluso a presidio mayor en su grado mínimo- y del perfeccionamiento de las facultades del Servicio Nacional de Aduanas para el control y sanción del contrabando, a través del uso de la Renuncia a la Acción Penal (RAP). Uno de los objetivos principales es disminuir el contrabando de mercaderías, que afecta especialmente al norte del país y genera importantes pérdidas al Estado. Sólo en 2020, según datos Aduanas, se incautaron 15 millones de cajetillas de cigarros, que producían una evasión tributaria de US$ 58 millones.

El Subsecretario de Hacienda, Alejandro Weber, señaló que el proyecto busca “perseguir de manera más eficaz el contrabando en todas las regiones del país, en vista del incremento del comercio ilícito y, en particular, de cigarrillos, por sus consecuencias en la salud de la población y la evasión tributaria que produce. Solo durante el primer trimestre de este año se incautaron 6.250.189 cajetillas de cigarrillos, un 74,74% más que el mismo período del año 2020, evitando una con ello una evasión de más de US$ 15 millones”.

También destaca en este período el alza en 355,38% de cantidad de mercancías incautadas vinculadas a la seguridad pública, explicada en gran parte por la detección de 44.935 unidades de fuegos artificiales, según las cifras de Aduanas.

Entre las modificaciones que introdujo el Ejecutivo, están:

-    Se modifica el art. 172 de la Ordenanza Aduanera estableciendo que, para determinar la cuantía del contrabando y la multa, en el caso de mercancías sujetas a tributación especial o adicional, el valor de la mercancía objeto del delito estará compuesto por: valor aduanero (CIF) + derechos aduaneros + impuestos + impuestos adicionales o especiales.

-    Se modifica el art. 189 de la Ordenanza Aduanera relativo de la Renuncia a la Acción Penal (RAP), posibilitando a Aduanas ofrecer la RAP en el caso de mercaderías cuyo valor exceda de 10 UTM (aproximadamente $517 mil).

-    Proyecto establece como agravante del delito de contrabando por menos de 10 UTM, la reincidencia en el contrabando de “tabaco y sus derivados” y de “mercancías que afecten la salud”, como bebidas alcohólicas, fuegos artificiales, productos farmacéuticos, sustancias estupefacientes o sicotrópicas, juguetes, armas o municiones.

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