Miércoles, diciembre 15, 2021

Comisión de Hacienda del Senado aprueba Proyecto de Ley de Donaciones

La Comisión de Hacienda del Senado aprobó este miércoles el proyecto de Ley del Gobierno que crea un nuevo régimen de donaciones con beneficios tributarios para entidades sin fines de lucro. 

Con esto, el proyecto continúa avanzando en su segundo trámite constitucional. 

Entre otros objetivos, la iniciativa busca incentivar las donaciones a las organizaciones de la sociedad civil que han visto mermados sus aportes en el contexto de la pandemia, reconociendo la importante labor que éstas realizan en la consecución del bien común. Al mismo tiempo, el nuevo régimen incorpora altos estándares de transparencia para el reguardo del uso adecuado de los montos donados y de la fe pública. 

Es importante destacar que el proyecto de ley incorpora nuevos fines susceptibles de donación que actualmente no tienen reconocimiento en leyes especiales de donaciones, como la salud, la protección del medioambiente, derechos humanos y equidad de género, entre otros. Además, permite considerar como fin susceptible de donación aquellos que, no estando expresamente considerados, persigan un interés general.

De aprobarse, serán aplicables los siguientes beneficios tributarios para las donaciones que se realicen en este régimen:

  • Podrán ser deducidas en un 100% de la base imponible afecta a impuesto a la renta.
  • Estarán exentas del impuesto a las donaciones.
  • Estarán liberadas del trámite de aprobación judicial (insinuación)
  • Los bienes donados no se afectarán con IVA.
  • Los bienes que se importen para ser donados estarán liberados de todo tributo, arancel aduanero, cargo o cobro que les sea aplicable.

Podrán acceder a estos beneficios los Contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría (“IDPC”) que determinen sus rentas efectivas según contabilidad completa o simplificada, Pymes del régimen de transparencia tributaria y Contribuyentes del Impuesto Global Complementario (IGC), del Impuesto único de Segunda Categoría y del Impuesto Adicional. Esto, siempre que realicen donaciones a entidades sin fines de lucro donatarias, como Corporaciones, Fundaciones y Cuerpos de Bomberos integrantes del Sistema Nacional de Bomberos.

Comparte

Tamaño de letra

Otros accesos

Ministerio de
Hacienda
  • Dónde trabajamos
  • Teatinos 120, Santiago de Chile
  • Llámanos
  • +56 2 2828 2000

© 2020 Ministerio de Hacienda

English version