Hacienda presenta proyecto de ley que establece régimen de tributación simplificada para ferias libres
• Subsecretaria Berner detalló que esta iniciativa permitiría a los cerca de 100.00 comerciantes del rubro optar al régimen de tributación simplificado sustitutivo de IVA con una tasa de 1,5% sobre las ventas que se realicen a través de medios de pago electrónicos, impuesto que más la comisión del operador no podrá superar el 3,5% de sus ventas, y que los liberará de llevar contabilidad.
La subsecretaria de Hacienda Heidi Berner presentó esta tarde a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y Diputadas—junto al coordinador de Política Tributaria de la cartera Diego Riquelme— el proyecto de ley que modifica el Decreto Ley N°825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, a fin de establecer un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres (Boletín N°17040-05). La iniciativa legal del Ejecutivo también establece y regula las condiciones para la implementación de medios de pago electrónico en las ferias libres, con la finalidad de proporcionar certeza jurídica a los comerciantes y mayor seguridad tanto a ellos como a los y las consumidores, al disminuir el uso de dinero en efectivo.
En condiciones generales estos comerciantes deben emitir boletas y aplicar 19% de IVA sobre sus ventas. Pero en vista de las complejidades que implica en este caso específico realizar dicho cálculo para acceder a créditos fiscales, la subsecretaria explicó que “con este proyecto de ley estamos proponiendo un régimen especial de tributación simplificada para el comercio en ferias libres, en consideración a sus particularidades, que les permita avanzar en su formalización”. Se propone establecer un impuesto sustitutivo del IVA de 1,5% a aplicarse sobre las ventas que realicen a través de medios de pago electrónicos. Este impuesto más la comisión de servicio del operador del medio de pago no podrán superar el 3,5%. El operador estará obligado a declarar y enterar el impuesto en las arcas fiscales.
Este IVA sustitutivo se complementa con el régimen especial existente en materia de renta, pero sin establecer un límite respecto de sus ingresos.
Quiénes califican para este régimen
Podrán acceder voluntariamente a este régimen las personas naturales que se registren como comerciantes de ferias libres en la municipalidad respectiva al momento de iniciar actividades y que cuenten con un permiso o patente municipal para tal efecto; o que manifiesten su interés de ingresar a él en enero de cada año. Actualmente unas 100.000 personas se dedican a esta actividad, según cifras administrativas.
El Servicio de Impuestos Internos llevará un registro actualizado de los contribuyentes bajo el régimen especial de ferias libres, para lo cual las municipalidades deberán informarle periódicamente el estado de los permisos o patentes correspondientes a este sector.
El comerciante que se acoja a este régimen deberá tener giro exclusivo de ferias libres o de lo contrario quedará afecto al régimen general del Impuesto a las Ventas y Servicios (19% de IVA). La misma situación aplicará cuando el comerciante utilice medios de pago electrónico de operadores distintos de aquellos autorizados por el SII y cuando se le revoque, expire o extinga el permiso o patente por parte de la municipalidad.
Se contempla que las nuevas disposiciones entren en vigencia en un plazo de tres meses desde la publicación de la ley, pero los contribuyentes que ya desarrollen actividades de ferias libres y cumplan con los requisitos para acogerse al régimen tendrán plazo hasta el 31 de julio de 2025 para solicitar su inscripción en el registro correspondiente.
Esta iniciativa legal fue producto de una mesa de trabajo entre el Ministerio de Hacienda y el Servicio de Impuestos Internos con la Confederación Gremial Nacional de Organizaciones de Ferias Libres (ASOF), la Coordinadora Nacional de Ferias Libres y la Federación Nacional de Sindicatos de Ferias Libres, Persas y Anexos. El 9 de julio se firmó un protocolo de acuerdo con las y los integrantes de la mesa que sirvió de base para elaborar el proyecto de ley, ingresado a la Cámara el 12 de agosto.