Martes, marzo 2, 2021

Ministro de Hacienda destaca aprobación de proyecto de ley de Responsabilidad de Agentes de Mercado

El Ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, destacó la aprobación final del proyecto de ley de Responsabilidad de Agentes de Mercado en la Cámara de Diputados.

La nueva ley se enmarca dentro de una serie de iniciativas lideradas por el Ministerio de Hacienda para aumentar la competencia en el sector financiero y que tiene como objetivo evitar los abusos y fortalecer la confianza en los mercados a través de un marco que fomenta la transparencia y la competencia del mercado. 

Perfecciona, además, el marco regulatorio vigente para elevar los estándares de los agentes de mercados para favorecer el desarrollo financiero, fortaleciendo indirectamente la competitividad internacional.

“La aprobación de este proyecto es muy relevante para aumentar la competencia en el mercado financiero. Contar con sanciones más firmes para quienes abusen del mercado financiero, permitirá fortalecer las confianzas que nuestros compatriotas tienen en el sistema”, dijo el Ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda.

Las principales medidas del proyecto son: 

i.    Aumenta penas de cárcel, desde 61 días a 541 días y el máximo de pena de cárcel desde 5 años a 10 años, para un grupo de delitos entre los cuales se encuentra el uso de información privilegiada.

ii.    Respecto de las sanciones que pueden imponer la Comisión para el Mercado (“CMF”), se aumenta la multa por criterios generales que ésta puede aplicar desde 15.000 UF a 100.000 UF.

iii.    Se facilita la aplicación de multas “por el doble del beneficio obtenido” que la CMF puede aplicar a los infractores de la Ley del Mercado de Valores, entre las cuales se encuentran las normas que prohíben el uso de la información privilegiada.

iv.    Se crea la figura del denunciante anónimo, de manera de proteger y resguardar la identidad de quienes colaboren con la CMF mediante el aporte de antecedentes sustanciales para la detección, constatación o acreditación de infracciones de las leyes que sean materia de competencia de la CMF, o de la participación del presunto infractor de dichas infracciones. 

v.    Se establece que, sin perjuicio de las políticas de control interno que adopte cada emisor de valores de oferta pública, los directores, gerentes y ejecutivos principales de un emisor de valores de oferta pública, así como sus cónyuges, convivientes y parientes hasta el segundo grado de consanguineidad o afinidad, no podrán efectuar, directa o indirectamente, transacciones sobre los valores emitidos por el emisor, dentro de los treinta días previos a la divulgación de los estados financieros trimestrales o anuales de este último (periodo de blackout de 30 días en la compra y venta de valores para directores y ejecutivos principales).

vi.    Se aumenta la transparencia y competencia en el mercado de seguros, creando un sistema digital para que los chilenos y chilenas puedan conocer en línea todas las pólizas que tiene contratadas. Adicionalmente, se incorporan mejoras en la  licitación de seguros asociados a créditos hipotecarios, prohibiendo el reemplazo de las corredoras que se adjudiquen una licitación.

vii.    Se amplía el perímetro regulatorio de la CMF respecto de las asesorías de inversión en general, permitiendo la fiscalización de las llamadas “estafas piramidales”. 

viii.    Se incorporan a los asesores previsionales masivos, que pasarán a llamarse “Asesores Financieros Previsionales” y “Entidades de Asesoría Financiera Previsional”, al perímetro regulatorio de la Superintendencia de Pensiones (“SP”) y de la CMF, quienes los regularán en forma conjunta

ix.    Se amplía el perímetro regulatorio de la CMF para los Asesores Financieros Previsionales, exigiéndoles inscripción en un registro y la constitución de garantías por eventuales perjuicios ocasionados a sus usuarios.

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