Reforma previsional: Comisión de Trabajo del Senado aprueba, ad referéndum, aumento de la PGU a $250.000
• La instancia legislativa también visó una indicación respecto a la regulación de comisiones indirectas.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado continuó este miércoles con el avance en torno a la reforma previsional presentada por el Gobierno. Específicamente, la instancia aprobó, ad referendum, modificaciones en torno a la Pensión Garantizada Universal (PGU), como, por ejemplo, su incremento a $250.000, en línea con el compromiso del Presidente Gabriel Boric.
Por otro, lado también se aprobó, ad referendum, una indicación respecto del cobro de las comisiones indirectas.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y el ministro de Hacienda, Mario Marcel, valoraron el respaldo de las y los senadores integrantes de la Comisión a las medidas propuestas.
“Queremos valorar la aprobación, ad referendum, de los criterios relacionados a la Pensión Garantizada Universal. Esto dice relación con que la Pensión Garantizada Universal, como es un compromiso de gobierno del Presidente Gabriel Boric, va a subir a $250.000”, señaló la ministra Jara.
Agregó que “se robustece la idea de que el Consejo Consultivo Previsional, que ve el impacto en el mercado laboral de los aumentos de la PGU, y el Consejo Fiscal Autónomo, que ve si el país cuenta o no con los recursos en esta materia para nuevos aumentos de PGU, son elementos claves que van a tener que estar presentes en cualquier otra reforma para que no nos pase lo que nos ha pasado en estos últimos años, donde ha sido difícil para el Estado, después de todos los desembolsos que se hicieron durante la pandemia como país, poder también cumplir con los compromisos de la PGU”.
En tanto, el ministro Marcel explicó que la propuesta del gobierno en materia de PGU mantiene el monto en $250.000, sin guiarse por la línea de la pobreza que es una medición variable y más sensible a la variación de los precios de los alimentos. “Si nos atuviéramos a tratar de afinar o de calzar exactamente el valor de la PGU con la línea de pobreza probablemente tendríamos variaciones en una dirección o en otra con bastante frecuencia. En ese caso nos parece que, en relación a la actual línea de pobreza, los $250.000 que se han venido planteando desde un comienzo mantienen un margen razonable para evitar que haya una volatilidad excesiva de un beneficio como éste. Luego, con los ajustes cada cuatro años, se podrán recoger elementos que marquen más tendencia en términos de costo de la vida, de concepto de pobreza, etcétera”.
Ambas autoridades estuvieron acompañadas por el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, y por el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías.
Cabe destacar que, con anterioridad, la Comisión de Trabajo ha aprobado siete medidas ad referendum: la ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales del Seguro de Cesantía; el alza del tope imponible; mecanismos simplificados para la cotización de independientes voluntarios; la ampliación del universo de afiliados voluntarios que podrían recibir el pago de cotizaciones por parte de un tercero; cambios a la cobranza previsional; el tránsito desde el actual esquema de multifondos al de Fondos Generacionales; y las modificaciones al cobro de las comisiones indirectas.
Según el protocolo de tramitación acordado entre el Gobierno, oficialismo y oposición, la reforma previsional tiene como plazo para ser despachada desde el Senado, a más tardar, en enero de 2025 hacia un tercer trámite constitucional.
Aumento de la PGU
Respecto de la Pensión Garantizada Universal, la Comisión de Trabajo del Senado aprobó, ad referendum, el incremento a $250.000, desde los $214.296 en que actualmente se encuentra el beneficio, en línea con el programa del Presidente Gabriel Boric.
De aprobarse la propuesta, y una vez en régimen, el monto de la PGU se reajustará conforme a las reglas vigentes; es decir, cada año según IPC.
Por otro lado, la Comisión aprobó nuevas funciones del Consejo Consultivo Previsional (CCP). Estas dicen relación con la revisión del monto de la PGU de manera periódica y una vez que la reforma entre en régimen en este ámbito. Así, cada cuatro años el CCP deberá efectuar un análisis de suficiencia del monto de la PGU vigente del respectivo año.
En el referido análisis considerará la capacidad de la pensión para cubrir gastos básicos, conforme a la metodología vigente para determinar la línea de la pobreza y otras variables, tales como el índice de remuneraciones y el crecimiento de la economía, conforme a la metodología establecida en un reglamento expedido a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el cual será también suscrito por el Ministerio de Hacienda.
Si el Consejo Consultivo Previsional propone un monto superior al vigente, su informe será remitido al Consejo Fiscal Autónomo (CFA), para que se pronuncie acerca de los efectos fiscales del aumento propuesto. Dicho informe deberá contener, al menos, una estimación del gasto asociado al incremento y una opinión sobre las fuentes de financiamiento. El CFA remitirá su informe al CCP, el que enviará ambos informes a los ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, para pronunciarse al respecto.
En caso de proponer, por parte del Consejo Consultivo Previsional, la mantención del monto de la pensión, su informe será remitido a los señalados ministerios para su conocimiento. Todos aquellos informes deberán ser remitidos a las comisiones competentes del Congreso Nacional para su aprobación.
Todo lo anterior, en línea con lo despachado por la Cámara de Diputadas y Diputados en enero de este año.
Cabe recordar que los requisitos para acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU) son los siguientes: tener 65 años o más de edad; que su grupo familiar no integre el 10% más rico de la población, acreditado mediante el Puntaje de Focalización Previsional, que considera información del Registro Social Hogares; acreditar residencia en Chile, cumpliendo dos requisitos, haber residido en el país por al menos 20 años, continuos o discontinuos, desde que la persona cumplió los 20 años, y haber residido en el país durante al menos 4 años de los últimos 5 años previos a la solicitud de PGU. Además, se requiere tener una pensión base menor a $1.158.355 (valor vigente desde febrero 2024).
Comisiones indirectas
En la sesión del 27 de noviembre, la Comisión de Trabajo del Senado aprobó, ad referendum, modificaciones respecto del cobro de las comisiones indirectas. Durante la jornada de hoy, el Ejecutivo propuso un cambio, en línea con lo discutido ese día por la instancia legislativa, el que también fue aprobado ad referendum.
La modificación dice relación con que el Régimen de Inversión del sistema de pensiones pueda definir la metodología para exceptuar la inversión indirecta en empresas de menor tamaño, efectuada a través de vehículos de inversión.
De igual manera, se busca que el mismo régimen pueda determinar los activos extranjeros en que no se justifique el pago de comisiones indirectas por parte de los Fondos de Pensiones, manteniendo el objetivo de que los valores emitidos por empresas de mayor tamaño transados en mercados públicos nacionales se compren directamente por las administradoras previsionales, evitando costos innecesarios a los afiliados.
Lo anterior podría extenderse al extranjero, si así lo determina el Régimen de Inversión.