Avanza la Reforma Tributaria: Comisión de Hacienda de la Cámara aprueba deducciones de arriendos y nuevas tasas de impuestos personales
- La Instancia despachó casi en su totalidad los cambios al Impuesto a la Renta. En la próxima sesión debería comenzar la revisión del Impuesto al Valor Agregado.
La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados avanzó, durante esta semana, en la aprobación de importantes medidas incluidas en la Reforma Tributaria del Gobierno del Presidente Gabriel Boric, tales como las deducciones de impuestos por arriendos y las nuevas tasas de impuestos personales con un porcentaje marginal máximo de 43%, que solo afectará a rentas que superen los $4 millones.
Las deducciones de impuestos por gastos en arriendo beneficiará a los arrendatarios. Los primeros podrán rebajar el monto pagado dentro de un ejercicio por arriendo de viviendas destinadas a uso habitacional cuando éstas sean utilizadas por el mismo contribuyente y sean efectivamente pagados durante el año calendario al que corresponda la renta. El monto del arriendo deducible máximo por contribuyente es la cantidad menor entre 8 unidades tributarias anuales, UTA (unos $5,8 millones) y el monto del arriendo efectivamente pagado.
La rebaja del arrendamiento podrá hacerse efectiva sólo por un contribuyente persona natural y por una sola vivienda, dentro de un mismo año calendario. Excepcionalmente se podrán deducir dos arriendos cuando una persona haya habitado en dos viviendas dentro del mismo período calendario.
En el caso de existir pluralidad de arrendatarios en un mismo contrato de arriendo, deberá dejarse constancia en el mismo documento la identificación del arrendatario que podrá acogerse a la rebaja.
Aumento de tasas del Impuesto global complementario
La Comisión también respaldó las modificaciones a los tramos de impuesto global complementario, estableciendo que sobre la parte de la renta imponible anual que exceda de 70 Unidades Tributarias Anuales (UTA) y no sobrepase las 90 UTA (entre $51,3 millones y $66 millones, al año) se aplicará una tasa marginal de 26%. Mientras que sobre la parte que exceda de 90 UTA y no sobrepase las 110 UTA (entre $66 millones y $80,7 millones al año) la tasa será de 35%.
Respecto de la parte que exceda de 110 UTA y no sobrepase las 140 UTA (entre $80,7 millones y $102,7 millones, anuales), corresponderá una tasa de 40%. En tanto, en el caso de que exceda de 140 unidades tributarias anuales (más de $102,7 millones al año), la tasa marginal máxima será de 43%.
Cabe destacar que la instancia parlamentaria ha votado casi en su totalidad las modificaciones al impuesto a la renta, con la excepción de algunos aspectos que deberán resolverse en la próxima sesión, donde debería comenzar a analizarse los ajustes propuestos al Impuesto al Valor Agregado (IVA).