Miércoles, abril 19, 2023

Comisión de Hacienda de la Cámara despachó proyecto de ley que crea Registro de Deuda Consolidada

En la exposición del proyecto, la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, explicó que este registro beneficiará a las personas por cuanto acceder a la información consolidada de sus deudas les permitirá mejorar las decisiones sobre sus niveles de endeudamiento. Y enfatizó que refuerza los derechos de los deudores al reconocerlos como dueños de su información crediticia.

Valparaíso, miércoles 19 de abril de 2023.- La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados despachó a Sala, con aprobación unánime, el proyecto de ley que crea un Registro de Deuda Consolidada (RDC), administrado y resguardado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que será el registro oficial de información relativa a las obligaciones crediticias y al cual deberán reportar tanto oferentes de crédito tanto bancarios como no bancarios y otras entidades financieras.

El proyecto, que tiene suma urgencia, fue expuesto por la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, quien explicó que “en el contexto económico actual las medidas tendientes a prevenir el sobreendeudamiento de las personas y familias cobran especial importancia". Destacó que este proyecto está enfocado también en la protección de la seguridad de los derechos de los deudores por cuanto los reconoce como dueños de su información crediticia, a la que pueden acceder, modificar y eliminar cuando corresponda.

Agregó que sus objetivos son mejorar la información sobre el comportamiento de pago de las personas, de manera que los buenos pagadores puedan acceder en mejores condiciones al mercado financiero; incorporar oferentes de créditos no bancarios y otras entidades como aportantes y receptores de información; permitir que las personas tomen mejores decisiones sobre sus niveles de endeudamiento; y dar acceso a mejor información para impulsar políticas en materia de endeudamiento y educación financiera. Además, el Registro será una herramienta para supervisar el comportamiento del mercado financiero.

Estarán obligados a reportar en general, las entidades fiscalizadas por la CMF que sean oferentes de crédito, respecto de todas las obligaciones a que se refiere la ley.

Los reportantes solo tendrán acceso a información de obligaciones reportables de deudores específicos y respecto de obligaciones específicas. No podrán acceder a información sobre obligaciones reportables que se hayan hecho exigibles o extinguido (lo primero que ocurra) con un plazo mayor a cinco años. Para tener acceso a la información del deudor, los reportantes deberán contar con el consentimiento previo de este y sólo podrán acceder al RDC para evaluar los riesgos comercial y crediticio.

Los deudores, ya sean personas naturales o jurídicas, podrán acceder a toda la información almacenada de sus obligaciones en el RDC, y serán notificados sobre cualquier consulta.

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