Plataformas de juego on line no podrán obtener licencia si han operado ilegalmente los 12 meses previos a la solicitud
Comisión de Economía de la Cámara aprobó literal del articulado permanente que entrega facultades a la Superintendencia de Casinos de Juego para rechazar la entrega de licencias a plataformas que ha operado de manera ilegal en el país.
La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, enfatizó “ si bien compartimos el fallo (de la Corte Suprema), se debe generar una ley que nos permita de manera más adecuada regular esta actividad, como lo hace el artículo 13 que se acaba de terminar de aprobar y que le entrega facultades a la Superintendencia para denegar permisos de operación”.
La Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados continuó con la votación en particular del proyecto de ley del Ejecutivo que regula el desarrollo de las plataformas de juego on line (Boletín N°14838-03), que partió el 13 de junio. En la sesión de ayer se aprobaron los literales h) e i) del artículo 13 que establece las circunstancias en que la Superintendencia de Casinos, Apuestas y Juegos de Azar rechazará las solicitudes de licencia de operación.
El literal h especifica que el regulador puede rechazar una solicitud de licencia a las sociedades operadoras que estén relacionadas o formen parte de un grupo empresarial que opera en otras jurisdicciones sin contar con autorización de la autoridad reguladora competente en dichos lugares, siempre y cuando estos requieran autorización administrativa para operar legalmente. También se les rechazará cuando contando con dicha autorización, exploten sus servicios utilizando softwares, equipos, sistemas, terminales, instrumentos, proporcionados por terceros que a su vez, provean estos servicios a plataformas que no cuentan con autorización en las respectivas jurisdicciones. Para estos efectos, la Superintendencia deberá mantener un listado de todas las jurisdicciones que obligan a las empresas de apuestas on line a contar con autorización para funcionar, y podrá solicitar asistencia a los organismos que las fiscalizan en sus respectivos países.
El segundo literal mencionado (letra i) agrega como causal de rechazo el formar parte de un grupo empresarial que, a través de alguna de sus entidades, haya explotado una plataforma de apuestas sin la debida licencia de operación, o sin la certificación que autoriza a operar conforme a esta ley, o publicitado u ofrecido sus servicios en Chile, en los últimos 12 meses previos a la solicitud. Esta disposición afectará a todas las plataformas que a la fecha operan en forma ilegal en el país.
El catálogo de conductas o acciones para determinar que una plataforma ha explotado, publicitado u ofrecido sus servicios en Chile incluye:
- Haber permitido el abono en las cuentas de los usuarios o el pago de las apuestas en moneda de curso legal
- Haber utilizado medios de comunicación para publicitar o promocionar sus servicios en territorio nacional, así como operar bajo un nombre que utilice referencias al país, su territorio, personajes de público conocimiento o históricos
- Auspiciar, patrocinar o tener contratos similares con personas, entidades y/o eventos efectuados en el territorio nacional
- Operar a través de una sociedad constituida en el país
- Ofrecer servicios a través de un dominio web terminado en punto cl (.cl)
- Usar el emblema nacional o presencia de símbolos que contengan elementos íntimamente vinculados con el país
- Mencionar o encontrarse debidamente regulado por la Superintendencia u autorizados por alguna otra entidad chilena
- Utilizar algún medio de pago autorizado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) o facilitar transferencias y/o depósitos bancarios nacionales como medio de pago
Ante el planteamiento de algunos parlamentarios en torno a si el fallo de la Corte Suprema que ordenó a un operador de internet bajar 20 sitios de plataformas de juego y los calificó de ilegales, cambiaría el escenario de tramitación del proyecto, la subsecretaria de Hacienda enfatizó que el proyecto reafirma que estas plataformas de juego on line son ilegales en Chile, y por ello se está legislando para construir un marco normativo que les permita funcionar dentro de la legalidad, tal como ocurre en otros países.
“Las plataformas de juego on line hoy son tan ilegales como hace un par de meses, cuando empezamos a tramitar las indicaciones y así lo he sostenido siempre. De hecho el Servicio de Impuestos Internos (SII) interpuso una querella en contra de éstas por ejercer el comercio clandestino y cuando habilitó para pagar IVA a los servicios digitales y estas plataformas asumieron que debían pagarlo, precisamente por ser ilegales el SII les impidió que siguieran haciéndolo por la vía de la plataforma simplificada. Por otra parte, la Superintendencia de Casinos fue una de las primeras en denunciarlas al Ministerio Público. Por ello, si bien compartimos el fallo, se debe generar una ley que nos permita de manera más adecuada regular esta actividad, como lo hace el artículo 13 que se acaba de terminar de aprobar y que le entrega facultades a la Superintendencia para denegar permisos de operación; esto es totalmente consistente y va en línea con el fallo de la Suprema, como lo son también otras normas que se proponen en este proyecto de ley”, sostuvo la subsecretaria Berner.